jueves, 20 de enero de 2011

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGO


GESTIÓN DE RIESGO SOCIO-NATURALES Y TECNOLOGICOS.
SEGÚN LA LEY: Articulo n°: 02
Es un proceso orientado a formular planes y ejecutar acciones de manera consiente, concertada y planificada entre los órganos y los entes del estado y los particulares para prevenir, evitar, mitigar o reducir el riesgo en una localidad o en una región atendiendo a su realidad ecológicas geográficas poblacionales, sociales, culturales y económicas.

LA GESTIÓN DE RIESGO.

Es el conjunto de medidas y herramientas dirigidas a la intervención de la amenaza o la vulnerabilidad con el fin de disminuir o mitigar los riesgos existentes.
Se define como un proceso social complejo que conduce al planeamiento y aplicación de políticas estrategias instrumentos y medidas orientadas a impedir reducir prever y controlar los efectos adversos de fenómenos peligrosos sobre la población los bienes, servicios y el ambiente.
Acciones integradas a la reducción de riesgo a través de actividades de prevención mitigación preparación para la atención de emergencias y recuperación pos- impacto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario